Incentivos fiscales se restan de la base de cálculo del CAIR - Ahora lo dice el TAT.

Fecha de Noticia: Agosto 2, 2014

alcance en Panamá

Por: Carlos Urbina

En la larga lista de fallos con resultados incoherentes entre sí, tienen un lugar especial los fallados en 2011 para los CAIR de La Prensa, Productos Teledano y Avícola Athanasiadis.

Los dos primeros fueron negados mientras que el tercero, en circunstancias iguales, fue concedido por la Corte. Añade escándalo a este trato diferenciado que los casos se emitieron en un periodo de sólo 6 meses (ver fallos). Para enderezar este entuerto, la Corte dijo que era inconstitucional la negación del CAIR de La Prensa, aunque previamente la había declarado legal (ver fallo).

Antecedente en la DGI

Al igual que en esos tres fallos, el que motiva esta nota se refiere a un CAIR que fue negado porque la DGI no consideró el incentivo de la ley de casco antiguo, como gasto deducible. Al no tener este gasto deducible, la DGI / ANIP decía que no se tenía pérdida o tasa efectiva superior a la tarifa regular del impuesto.

La DGI / ANIP tampoco consideró en este cálculo un arrastre de pérdidas que el contribuyente alegaba tener. La ANIP ha interpretado que los ítems que se colocan como "incentivos" en el formulario de rentas, entre estos el arrastre de pérdida, no se toman en cuenta en el cálculo de la tasa efectiva o pérdida en los CAIR.

En el recurso de reconsideración la DGI aceptó este incentivo pero negó el CAIR por haber sido solicitado por tasa efectiva superior a la tarifa regular del impuesto en lugar de pérdida. Esto lo hace por insistir en decir que el arrastre de pérdida es un "incentivo" y por lo tanto no se considera para este cálculo.

El contribuyente solicitó una prueba pericial que no fue concedida por la ANIP.

Apelación del contribuyente y Fallo del TAT

El TAT concede la prueba pericial, sin embargo el fallo no indica ninguna valoración hecha a este peritaje.

El TAT cita el artículo 67 del Decreto Ejecutivo 170 de 1993 y procede a realizar un cuadro donde considera tanto el arrastre de pérdidas como el incentivo de casco viejo en el cálculo de la pérdida con ocasión del cálculo del CAIR.

Luego de esto el Tribunal Administrativo Tributario concluye diciendo que el contribuyente "...demostró que cumple con lo dispuesto en el ordenamiento legal para dar lugar a la conformidad de la Solicitud de No ...(CAIR), ya que argumentó la causal de incurrir en pérdida para .... el periodo fiscal 2009, ..."

El fallo del TAT se da mediante Resolución No. TAT-RF-040 de 9 de Mayo de 2014, dentro del expediente No. TAT-156-2012. Esta resolución llega a 3 años y 8 meses de haberse negado el CAIR mediante resolución 201-7770 de 27 de Septiembre de 2010. Este plazo es superior al promedio calculado para la vía gubernativa por este periódico (vea estadística).

Vea fallo del TAT en el siguiente link: Fallo TAT-RF-040 de 9 de mayo de 2014

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